DICTAMENES DE PUNTOS DE ACUERDO APROBADOS EN LA LXI LEGISLATURA SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA RESOLUTIVOS SEGUIMIENTO
1   De la Comisión de Comunicaciones, por los que se exhorta a la SCT y a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL), a hacer cumplir la implementación de las áreas de servicio local (ASL) consolidadas en las diversas resoluciones y a emitir las medidas sancionadoras correspondientes ante el incumplimiento de las mismas o en si caso. Revocar los títulos de concesión a las empresas telefónicas.


Aprobado: Por Dictamen

- Comunicaciones

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2009


Publicación en Gaceta:
15-Diciembre-2009
PRIMERO.- Se exhorta a la Comisión Federal de Telecomunicaciones para que, haga cumplir la implementación de las áreas de servicio local consolidadas en las resoluciones emitidas por el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones mediante los acuerdos P/140307/115, P/280307/131, P/280307/132 y P/EXT/180908/54.

SEGUNDO.- Se exhorta a la Comisión Federal de Telecomunicaciones a que tome las medidas sancionadoras correspondientes ante el incumplimiento injustificado de los concesionarios de servicio local y de larga distancia a las resoluciones emitidas por su Pleno mediante los acuerdos P/140307/115, P/280307/131, P/280307/132 y P/EXT/180908/54. Enviando a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en su caso, las propuestas de sanción correspondientes.

TERCERO.- Se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a emitir las sanciones correspondientes a los concesionarios de servicio local y de larga distancia que incurran en incumplimiento a las resoluciones emitidas por el pleno de la COFETEL mediante los acuerdos P/140307/115, P/280307/131, P/280307/132 y P/EXT/180908/54.

CUARTO.- Se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que de reiterarse el incumplimiento de las obligaciones de los concesionarios de servicio local y de larga distancia, actué conforme a lo dispuesto en el artículo 38, fracciones III, IV y V; artículo 71, Apartado A, fracciones II y III, y artículos 73 y 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, esto es, sancionar al responsable, incluso, con la revocación de su título de concesión.

QUINTO.- Esta soberanía solicita a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la Comisión Federal de Telecomunicaciones a que en un término de 45 días naturales informen las medidas implementadas, a favor de los exhortos que se realizan.
1. Proposición presentada por la Dip. Sofía Castro Ríos (PRI), el 05 de noviembre de 2009.

2. Aprobado en votación económica el 15 de diciembre de 2009.

3. Comuníquese.

4. Oficio No. D.G.P.L. 61-II-2-248, de fecha 15 de diciembre de 2009, enviado por la mesa directiva al Secretario de Gobernación, relativo al punto de acuerdo aprobado por el Pleno.

5. Oficio No. D.G.P.L. 61-II-2-249, de fecha 15 de diciembre de 2009, enviado por la mesa directiva al Presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, relativo al punto de acuerdo aprobado por el Pleno.